El Senado destrabó la Ley de Glaciares en una votación que limita el accionar de la industria minera. Greenpeace celebró esta madrugada la sanción de la “Ley de Preservación de Glaciares y del Ambiente Periglacial” que contaba con media sanción de Diputados.
Desde la organización ambientalista manifestaron que “la aprobación de esta Ley ha sido un gran paso dado por el Congreso Nacional a pesar de la insistente y desproporcionada presión ejercida desde la corporación minera en contra de una norma que proteja los glaciares y el ambiente periglacial”.
Luego de una larga sesión que culminó a las 4:30 de la mañana del jueves 30, en la que se escuchó la exposición de más de 30 oradores, los senadores aprobaron con 35 votos a favor el proyecto de Ley, conocido como “Filmus –Bonasso”, que contaba con modificaciones de la Cámara Baja, por sobre el proyecto original del Senado que recogió 33 votos. El proyecto convertido en Ley fue apoyado por organizaciones ambientalistas y asambleas ciudadanas de todo el país, mientras que la versión original del Senado era apoyada por algunos Gobernadores cordilleranos y las cámaras mineras.
¿Qué busca la Ley de Glaciares?
- Preservar los glaciares como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano, para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas.
- Considerar a los glaciares como bienes de carácter público, indica que se entiende por glaciar a toda masa de hielo perenne estable o que fluye lentamente, con o sin agua intersticial, formado por la recristalización de nieve, ubicado en diferentes
- Redefinir por ambiente periglacial en la alta montaña, al área con suelos congelados que actúa como regulador del recurso hídrico. En la media y baja montaña al área que funciona como regulador de recursos hídricos con suelos saturados en hielo.
- Crear el Inventario Nacional de Glaciares, donde se individualizarán todos los glaciares y geoformas periglaciares que actúan como reservas hídricas existentes en el territorio nacional con toda la información necesaria para su adecuada protección, control y monitoreo.
- Refrendar el texto que había aprobado en Diputados (aunque se eliminó el artículo 17 del texto, que prohíbe la iniciación de nuevos yacimientos en la zona protegida hasta tanto no esté concluido el inventario de las áreas que quedarán bajo la tutela de la norma, cambio que deja abierta la posibilidad a las empresas mineras y petroleras de avanzar con nuevos emprendimientos hasta que no se concluya con este relevamiebto)
- Reforzar el artículo 15, que obliga a los yacimientos ya instalados a someterse a un estudio para conocer el impacto ambiental de las obras.
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